a) La desaparición de aquellas culturas que no correspondan a los objetivos de la tercera revolución
industrial.
b) Para desaparecer a las culturas mesoamericanas arraigadas a su territorio, el cual es parte de sus
cosmovisión, se pretende usurpar sus tierras a partir de las modificaciones al artrculo 27°
constitucional.
c) Esta usurpación de tos territorios indios es la nueva forma de acumulación originaria que requiere
el capitalismo para expandir su poder
y
aumentar su lasa de ganancia.
d) Con la desaparición de los territorios indios la humanidad se expone a la eliminación de los
escasos recursos naturales que hoy posee el planeta, además de que con ello se desaparece la
riqueza cultural que le da vida a diferentes naciones del orbe.
Para poder contrarrestar este proceso globaHzador, es necesario que se tiendan a generar propuestas
que puedan investigar sobre los recursos naturales de los territorios indios, sobre la importancia de
sus autonomfa, así como de todas aquellas medidas encaminadas a la protección, conservación
y
preservación de dichos territorios.
Dentro del campo del derecho positivo·(legislación ambiental mexicana) es posible relomar algunos de
los instrumentos de potltica ambiental que se indican en la Ley General del Equilibrio Ecológico
y
la
Protección del Ambiente, entre los cuales se encuentran la conformación de Áreas Naturales
Protegidas que incluya la variable étnica, el Ordenamiento Ecológico de los Territorios Indios con la
finalidad de sustentar el binomio Autonomía-Desarrollo Sustentable, así como retomar las
Manifestaciones de Impacto Ambiental como un elemento para defender los Recursos Naturales de
los territorios indios. Estas lineas de investigación pueden ser parte de un movimiento general que se
presenta actualmente a nivel nacional e internacional para reivindicar los derechos de los Pueblos
Indios.
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