Eaercicio
3.1
.SUp6ngase que se haD–
o tenid? lo:
~igui:ntes
datos de 2
carga vlva l nstantanea
(~n ~k/m
1
para bodegas en que se almacena un
determinado producto:
0, 180, 384,
430, 389, 208, 503, 244, 320, 177,
680, 425, 395, 628, 290, 757, 670,
773, 84, 392, 212, 680, 327, 255,
882, 450, 503, 329, 543, 515, 792,
409, 748. 569, 282, 491, 213, 425,
222, 438, 371, 223, 288, 685, 276.
Determinar el valor nominal (máxi–
mo probable) correspondiente a es –
tos datos.
En cuanto a las combinaciones de carga que deben con–
siderarse en el diseño y la forma en que esto debe hacerse, el
Reglamento del Distrito Federal establece recomendaciones rela–
tivas a la intensidad con que deben considerarse las diversas
cargas y el factor de carga que debe aplicarse al efecto que
producen. Los valores de las intensidades de cargas y de los
factores de carga son tanto mayores cuanto mayor "es la probabi–
lidad de que se presente la combinaci6n en estudio. Por ejem–
plo, para las combinaciones que "incluyan acciones accidentales
se recomienda que las cargas variables se tomen todas con sus
valores' instantáneos y no se tomará más de una acción acciden–
tal en cada combinación debido a que la probabilidad de que
ocurran simultáneamente con intensidades significativas más de
una de estas acciones es despreciable. En lo que
s~
refiere a
factores de carga, para combinaciones de cargas permanentes y
variables; que son las más normales, se toma F
=
1.4,
mientras
"
c
que para el caso menos probable de acciones permanentes, varia-
bles y accidentales, se toma Fc
~
1.1.
Los tiund,mentos teóricos del Reglamento del D.F., se
exponen en la ref'
18
y el comentario de la ref
8.
En los incisos siguientes se presenta información adi–
cional sobre los distintos tipos de acciones que deben tomarse en
cuenta al diseñar una estructura . Las acciones debidas a vien–
to y sismo se tratan en la Unidad 4.
19
1...,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19 21,22,23,24,25,26,27,28,29,30,...59