Este efecto se presenta a escalas regionales y globales en periodos de
tiempo que involucran años
y
e x iste muy paca tecnologia. disponible a
un costo muy alto y con pocas posibilidades de desarrollar programas
de
control debido a que se requieren esfuerzos de multiples
instituciones y paises, por su caracter global.
1.4. Marco Legislativo
En Mexico existe reglamentación sobre el control de emisiones de
particulas a la atmósfera desde 1971, la Ley Federal Para Prevenir y
Controlar la Contaminacíon Ambiental,
de
la cual
en
ese mismo año, se
promulgo
el Reglemento para la Prevención y Control
de
la
Contaminación Atmosferica originada por la emisión de humos
y
polvos.
Este reglamento contiene en su capitulo
11
del articulo
diversos
~rdenamientos
relativos a la emisión de humos
9 al 33,
y polvos,
establpciendo los ni v eles
maximos permisibles
de
e~isión
para procesos
industriales espec i ficas.
En particular los articulos 20 y 21
se~lana
las emisiones maximas
permi
t
idas en unidades de kg/ho,-a.
y
",g/m , para operac iones, procesos
ó
actividades industriales, en Tunción del peso del p,·oceso en
toneladas por
hOI-a ,
o el volumen del gas en la fuente en metros
Cúbicos, el art i culo 23 contempla además el caso de 'fuentes mú.ltiples
de emisi6n y los criterios para valoral- las.
Cabe señalar ,
que aun cuando la p,-imera ley ambiental ha sido
sustituida. en dos ocasiones, las leyec.; 'Suscesivas, la Ley Fede,-al de
P,-otección Ambiental de 1980 y la. ley actual del Equi l ib,-io Ecólogico
de 1987, han especificado que este reglamento sigue vigente, con
adecuaciones en cuanto a el monto de las sanciones que han sido
indexadas al salal-io mínimo,
y
recientemente con la miscelánea fiscal
de 1989, el monto de trámites, licencias y sanciones se han adecuado a
las condiones económicas del Pais.
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