diselo. El Reglamento del Distrito Federa l establece tres tipos
de carga viva: carga viva mlxima
[w
m). carga viva instantlnea
(w;)
y carga viva media
[w) .
El significado de estos tres nive–
les de carga viva / y la manera de estahlecer valores apropia-
oo~
se comentaron en el inciso 3.3.2 .
La carga viva mlxima
se deberl emplear para diselo
estructural por fuerzas gravitacionales (combinaciones de carga
muerta mis cargi viva). La carga instantlnea se deberl usar pa–
ra diselo sismico y por viento. La carga media se deberl em–
plear en el cllculo de asentamientos diferidos en materiales muy
comp res i bl es.
En el Anexo B se reproduce la tabla de cargas vivas pa–
ra diselo recomendadas en el Reglamento del Distrito Federal (8).
Se aprecia que los valores dados para las cargas vivas instantl–
neas son considerablemente mayores que los correspondientes a
las cargas vivas medias. En el inciso 3.3.2 se indicó
quelasm~
dias de cargas vivas promedio y las cargas vivas instantlneas
son parecidas pero que la dispersión de los valores de estas úl–
timas es mayor que de las primeras. Esto, teniendo en cuenta la
expresión 3.1, explica las diferencias entre los dos niveles de
carga viva.
2893194
Las cargas vivas dadas en el Apéndice
pos de locales estln expresadas en función del
B para algunos ti
Irea tributaria
soportada por el elemento en cuestión para tener en cuenta la
probahilidad de que esté cargada toda el Irea, como se indicó
ante l iormente. E:to, combinado al hecho de que se especifican
tres niveles de ce.Tga viva diferentes hace que la aplicación ri–
gurosa de las reco·mendaciones <lel Reglamento del Distrito Iiede–
ral resulte con frecuencia sumamente tediosa . Sin embargo es
posible hacer simplificaciones del lado de la seguridad que
facili ten el cll.culo, sin grandes sacri ficios económicos. Por
ejemplo; en lugar de· determinar la carga viva que debe aplicarse
para cada elemento de una estructura, puede determinarse un va-
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1...,24,25,26,27,28,29,30,31,32,33 35,36,37,38,39,40,41,42,43,44,...59