Conclusiones
La tenencia de la tierra de las comunidades, ha tenido una importante dinámica histórica, sociológica y
politica desde sus orígenes hasta nuestras fechas; la Conquista
Espa~ola
que prevaleció durante tres
siglos cambió sustancialmente los sistemas de los pueblos indígenas, creando un nuevo sistema en
las relaciones religiosas, económicas, sociales, politicas y jurídicas, basadas principalmente en el
poder sobre el territorio, originando que los antiguos dueflos de la tierra lo fueran a tftulo muy precario,
como encargados o despojados de ella, sin embargo, la organización indlgena no desapareció en el
sentido de sus habitantes desfavorecidos y después de casi cinco siglos de subsistencia, a pesar de
todos los ataques que ha sufrida, ante la agresión de fuerzas tan poderosas que parecfa imposible su
solución, en la actualidad sigue vigente.
En la época del México Independiente, se pretendió destruir a la comunidad indlgena, para que cada
hombre gozara individualmente la tierra como propietario y debla tener pleno uso y derecho sobre la
tierra, como lo estableclan las leyes Constitucionales de la República, que surglan inspiradas en los
ideales liberales. Pero de hecho la presunta destrucción de la comunidad y de su propiedad, produjo
los mismos resultados que en la Colonia, es decir la creación de grandes latifundios, despojando a los
indigenas de sus tierras comunales. El proceso revolucionario buscó reivindicar la tierra despojada, es
asl que el reparto agrario tuvo una función fundamental de devolver la tierra a sus propietarios
originales.
Es frecuente confundir los términos comunidad y comunidad indígena; sin embargo, las estadísticas
indican que no todas las comunidades tienen población indlgena ni todos los poblados indígenas
tienen como forma de tenencia la comunidad, por lo que es conveniente utilizar el calificativo de
comunidad agraria para distinguir a la comunidad de las demás connotaciones que pueda tener el
término, el cual implicará las formas de organización para la producción, distribución y reciprocidad en
el intercambio de los bienes
y
trabajo expresadas en su dimensión sociocultural. Tales procesos en su
devenir histórico, determinan en la actualidad culminar en la Seguridad Jurídica en la Tenencia de la
Tierra Comunal, mediante la aplicación del marco legal vigente para su regularización, destacándose
en este aspecto las alternativas que los núcleos agrarios comunales tienen a través del Programa de
Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE). En tal virtud, dicho Programa
consideramos debe de impulsarse en las comunidades , ya que a la fecha se ha instrumentado
básicamente en los núcleos registrados bajo el régimen ejidal.
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