• Certeza y seguridad jurídica sobre los derechos colectivos e individuales, en virtud de que los
planos comunales certificados, los certificados parcelarios y de uso común, tienen caracter de
prueba plena en caso de conflicto o controversia.
Por otra parte esta demostrado en los hechos, que dentro de los resultados mas destacables del
PROCEDE: se logra la solución de problemas y conflictos surgidos por la tenencia de la tierra,
especialmente, con los colindantes núcleos agrarios; fomenta la convivencia democratica de los
integrantes de los núcleos agrarios y el respeto mutuo de la propiedad ajena entre ellos y sus
colindantes, logrando en muchos casos que anejos conflictos entre núcleos agrarios o con pequeflos
propietarios, tengan una solución por acuerdo común de las partes, lo cual constituye un gran avance,
ya que el desarrollo productivo es límitado cuando existen disputas sobre la tierra.
Programa de
Incorporación
de
Suelo Social (PISO)
Por otra parte, cabe senalar que de manera accesoria al PROCEDE en comunidades, el Gobierno
Federal ha creado un Programa de Incorporación de Suelo Social al Desarrollo Urbano (PISO), cuya
finalidad es la de incorporar de manera planificada, preventiva, ágil
y
concertadamenle el suelo ejidal y
comunal, para ser considerada en oferta legal al servicio de las instituciones públicas, sociales y
privadas de vivienda y desarrollo inmobiliario; y así dar acceso a costos accesibles, tierra apta para la
promoción, construcción y venta de vivienda de interés social, equipamiento urbano y desarrollo
regional.
En la instrumentación del Programa, participa el Gobierno Federal a través de las instituciones que
conforman el Sector Agrario, las que norman el Desarrollo Urbano y el equilibrio ecológico. Para lal
efecto, es necesario pactar con los Gobiernos Estatales la firma de un convenio que establezca las
responsabilidades institucionales para su instrumentación del Programa, generando con ello en cada
Entidad Federativa, un Comité Estatal de Incorporación de Suelo Social al Desarrollo Urbano, con el
único propósito de contar con la disposición legal y suficiente de suelo en cada ciudad: para satisfacer
ordenada y anticipadamente las necesidades de vivienda y evitar con ello, la incorporación del suelo
rural al desarrollo urbano por la via de irregularidad, coadyuvando en la solución del ciclo vicioso,
invasión-regularización. Dentro de las alternativas que pueden convenirse con las comunidades
agrarias respecto a la incorporación de suelo social agrario, tenemos las siguientes:
1. Expropiación concertada para incorporación de suelo libre, para vivienda social y popular.
2. Expropiación concertada para areas de crecimiento de poblados en regularización.
3. Aportación de tierras determinadas de uso común a sociedades inmobiliarias.
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