El otro conjunto era las tierras propiedad del barrio, las allepetlalli, cuyo cultivo correspondla a todos
los miembros del calpulli, para financiar obras de utilidad colectiva, pagar tributos, atender los gastos
de los servicios públicos del barrio y crear un fondo común. Derivado de lo anterior, el calpulla11i
constituye el antecedente más remoto de la propiedad comunal indlgena.
Etapa colonial
El enfrentamiento de dos culturas implicó una profunda revisión o desprecio, entendimiento,
adecuación o supresión de ciertas formas en la tenenCia y en el aprovechamiento de la tierra,
consecuencia de la colonización española predominante durante tres siglos, creando un nuevo
sistema de relaciones religiosas, económicas, sociales, políticas y jurfdicas, basadas principalmente
en el poder sobre el territorio
Desde el inicio del periodo Colonial, el Gobierno Español trató de proteger a tos poblados indígenas
de las ambiciones sin limite de los colonizadores. Diversos decretos reales se encaminaron a urgir el
respeto a las posesiones indígenas y al sistema de tenencia que los pueblos tenían antes de fa
conquista. Las leyes expedidas por los españoles para proteger la propiedad particular y comunal de
los indígenas fueron:
• Leyes de Indias
(1513): Limitaba los derechos de los colonizadores españoles en relación con la
población indigena y se reconocian las tradiciones comunales de éstos.
• Ley
V (1541): Establecia que los pastos, montes yaguas fuesen utilizados en común por los
indígenas y españoles.
• Ley VII
(1588): Ordenaba el repartimiento de tierras a las comunidades.
• Ley IX
(1594): Disponía la restitución de los bienes de que hubieren sido despojados los
indigenas.
No obstante, en la práctica la influencia de estas disposiciones legales fue mínima, ya que el resultado
fue la usurpación constante de las tierras de los naturales, en virtud de que todos los medios, legales
e ilegales, eran utilizados para despojar a los indigenas de sus derechos sobre la tierra, basados en
un sistematico despoJo por parte de los españoles, principalmente a través de la encomienda, las
mercedes de tierras, adjudicaciones, confirmaCIones, composiciones, compra-venta, remates,
desencadenando usurpaciones violentas.
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