establecimiento de las actuales fronteras estatales
y
que cualquiera que sea su situación jurídica,
conservan todas su propias instituciones sociales, económicas, culturales y pollticas, o parte de
ellas"
141
Igual comentario emitimos respecto del que generamos del convenio 107. En éste, la categoria de
indigena proviene de una identidad histórica arraigada en la zona o lugar donde conviven estos
pueblos o comunidades. Se evidencia entre lineas que su ubicación geográfica quedó atrapada en
fronteras estatales impuestas politicamente en el momento de la conquista o colonización. Por lo
tanto, debe deducirse que el reconocimiento de nuevos derechos, que aunque no son absolutos ni
totales, es parte de lo que la colonización les privó al moment:j de la invaSión.
El indigenismo en el mundo se conserva f'n el arraigo a la posesión de la tierra, a la identidad cultural
que en el seno de los pueblos se alberga y a la conservación de sus propias formas de organización
social
y
politica. Eso es lo que el convenio 169 trata de proteger.
A pesar de ello, distintas reacciones surgen en las organizaciones que albergan la representación de
los pueblos indígenas. Una de ellas, citada como ejemplo para entender que en estricto sentido, un
pueblo es algo más que una comunidad, la tenemos del Consejo Mundia! de Poblaciones Indígenas,
el cual propone que la definición de pueblos indígenas la deben emitir justamente los indígenas, mas
no organizaciones no cabalmente representadas. Ei Consejo Mundial propone que·
Pueblos Indigenas son los grupos
de
poblaciones como los nuestros que, desde tiempo
inmemorial, habitamos las tierras que vivimos, conscientes de poseer una personalidad propia, con
tradiciones socIales y medios de expresión vinculados al pais heredado de nuestros antepasados,
con un idioma propiO y con características esenciales
y
únicas que nos dotan de la firme
conVicciÓn de pertenecer a un pueblo, con nuestra propia identidad, y que asi nos deben
considerar los demás.
142
Para finalizar este punto, diremos que en efecto,
Ull
pueblo indígena se considera en función del
conjunto de poblados o comunidades que practican los mismos usos y costumbres, comparten la
misma identidad cultural, racial, lingüística y religiosa, ademas de poseer
y
trabajar la tierra bajo las
mismas figuras de legitimidad étnica Si bien es cierto que pueblo también es comunidad, pueblo es el
conglomerado humano que les otorga el gentilicio. Con esto, establecemos con mucha brevedad una
,., ¡bId.. p. 45
142
OrdMez. CfflJentes, José Emilio. ·Conceplualiz.aclones Juridicas en el Derecho Internacional Moderno y la
SOCIO
logia del
Derecho: Indio, Pueblo y Minoría", Chacón, David y olros.
Efectos de
las
Reformas al Agro y
los
Derechos de 105
Pueblos Indios en
México, México, UAM- AZC, 1995,
p. 264
187
1...,188,189,190,191,192,193,194,195,196,197 199,200,201,202,203,204,205,206,207,208,...442