Locke John,
Ensayo sobre el gobierno civil,
Madrid, editorial
Aguilar, 1969.
CAPITULO 1
En el tratado precedente ' hemos hecho ver que:
L' Adán no tenía, como se pretende por alguien, ni
por derecho natural de paternidad, ni por atribución
positiva hecha por Dios, una autoridad de esa clase
sobre sus hijos, ni semejante dominio sobre el mundo.
2°
Aun admitiendo que él lo hubiese tenido, sus he
rederos no poseían ese derecho.
3." Aun admitiendo que sus herederos io tuviesen, no
habría sido posible fijar con absoluta certeza a quién
correspondía el derecho de sucesión y, en su conse
cuencia, el de reinar, no existiendo como no existía ley
natural ni ley divina positiva para determinar quién era
el legítimo heredero en cuantos casos pudieran pre
sentarse.
4.° Aun admitiendo que tal derecho de sucesión hu
biese estado determinado, habiéndose perdido desde
hace tantísimo tiempo el conocimiento de cuá! es la
rama más antigua de la descendencia de Adán, no
existe entre las razas de la Humanidad ni entre ias fa
milias de la Tierra pretensión fundada de que una de
ellas sea la casa dinástica más antigua y que з ella
corresponda ei derecho de sucesión.
Yo creo que todas estas proposiciones han quedado cla
ramente demostradas, siendo, por tanto, imposible que
los gobernantes actuales se beneficien en modo alguno,
ni consigan la mínima sombra de autoridad, de ese he
cho que se pretende que es ia fuente de todo poder;
' El primero de los
Dos tratados sobre el gobierno deil,
el
cual es fundamentalmente de carácter polémico. Véase la in
troducción a esta edición.
(N. del T.)