el dominio persona! y la jurisdicción paternal de Adán;
de modo, pues, que si no se quiere dar ocasión para
pensar que todo gobierno existente es únicamente pro–
ducto de la fuerza o de la violencia, y que e! vivir los
hombres en sociedad obedece a idénticas reglas que las
que rigen entre los animales, donde se impone el más
fuerte, sentando de ese modo una base para que reinen
perpetuamente el desorden, la maldad, los alborotos, las
sediciones y tas rebeldías (cosas todas contra las que
tan airadamente protestan los partidarios de aquella
hipótesis), será absolutamente preciso encontrar otro
origen para los gobiernos, otra fuente para cl poder
político y otro medio para designar y saber cuáles son
las personas en quienes recae, distintos de los que sir
Robert Filmer nos ha enseñado.
§ 2. Creo que no estará íuera de lugar, a este propósi–
to, que yo exponga lo que entiendo por poder político,
a fin de que pueda distinguirse el poder de un magis–
trado sobre un subdito de la autoridad de un padre so–
bre sus hijos, de !a de un amo sobre sus criados, de la
de un marido sobre su esposa y de la de un señor sobre
su esclavo. Como se dan casos en que todos esos pode–
res coinciden en una sola persona, podremos, cuando se
la estudia bajo esas relaciones distintas, distinguir tales
poderes unos de otros, haciendo ver la diferencia que
existe entre el gobernante de un Estado, el padre de
una familia y el capitán de una galera.
§ 3. Eii.tiendo, pues, por poder político el
hacer leyes que estén sancionadas con la pena capital,
y, en su consecuencia, de las sancionadas con penas
menos graves, para la reglamentación y protección de
!a propiedad; y el de emplear las fuerzas del Estado
para imponer la ejecución de tales leyes, y para defen–
der a este de todo atropello extranjero; y todo ello
únicamente con miras al bien público.
CAPITULO II
D E L
Е З Т . Л О О
N A T U R A L
§ 4. Para comprender bien en qué consiste el poder
político y para remontarnos a su verdadera fuente, será
forzoso que consideremos cuál es el estado en que se
encuentran naturalmente los hombres, a saber: un es–
tado de completa libertad para ordenar sus actos y para_
disponer de sus propiedades y de sus personas como
mejor les parezca, dentro de los límites de
la
ley natu–
ral, sin necesidad de pedir permiso y sin depender de
ta voluntad de otra persona.
Es también un estado de isualdad, dentro del cual lodo
poder y toda jurisdicción son recíprocos, en el que na–
die tiene más que otro, puesro que no hay cosa más evi–
dente que e! que seres de la misma especie y de idéntico
rango, nacidos para participar sin distinción de todas
las ventajas de la Naturaleza y para servirse de las mis–
mas facultades, sean también igtiaies entre ellos, sin
subordinación ni sometimiento, a menos que el Señor
y Dueño de todos ellos haya colocado, por medio de
una clara manifestación de su voluntad, a uno de ellos
por encima de los demás, y que le haya conferido, me–
diante un nombramiento evidente y claro, el derecho
indiscutible al poder y a la soberanía,
§ 5. El juicioso Hooker considera tan evidente por sí
misma y tan fuera de toda discusión esta igualdad na–
tural de los hombres, que la toma como base de la obli–
gatoriedad del amor mutuo entre los hombres y sobre
ella levanta el edificio de tos deberes mutuos que tie–
nen, y de ella deduce las grandes máximas de la justicia
y de
la
caridad. He aquí cómo se expresa: