ber creado el mundo en seis días, descansó en el día séptimo; y al des–
cansar ellos en ese día de su trabajo, se les estaba con ello recordan–
do que ese Dios era su rey, que los había redimido de su esclavitud
y de sus penosos trabajos en Egipto, y les había concedido tiempo,
después Je haberse gozado en Dios, para que se gozaran también en -
sí mismos mediante legítimos recreos. Y es así como la primera tabla
de los mandamientos se detiene en establecer el compendio del po–
der absoluto de Dios, no sólo en cuanto Dios, sino en cuanto rey,
mediante convenio, del pueblo judío en particular. Y esto puede, por
consiguiente, iluminar a aquéllos a quienes, por consentimiento de
los hombres, se les ha investido con el poder soberano, en lo que se
refiere a la doctrina que deben enseñar a sus subditos.
Y a honrar a sus
Y como la primera instrucción de los niños depen-
padres.
de del cuidado de sus padres, es necesario que les sean
obedientes mientras estén bajo su tutela; y no sólo esto, sino que tam–
bién, como requiere la gratitud, deben después reconocer el benefi–
cio que han recibido de su educación, mostrándoles señales extemas
de honor. Con este fin debe enseñárseles que, originalmente, el pa–
dre de cada hombre fue también su señor soberano, con poder sobre
su vida y su muerte; y que cuando tos padres de famiha instituyeron
un Estado, renunciaron a ese poder absoluto; pero que, sin embargo,
no se pretendió con ello perder el honor que les era debido por sus
hijos en pago a la educación recibida. Pues renunciar a cal derecho
no era cosa necesaria para la institución del poder soberano; ni tam–
poco habría razón para que un hombre deseara tener hijos y encar–
garse de alimentarios e instruirlos, si luego no fuese a percibir de ellos
más beneficio del que se podría esperar de cualquier otra persona. Y
esto está de acuerdo con el quinto mandamiento.
Ya evitar
Asimismo, todo soberano debe poner los medios
cometer injuruis.
para que la justicia sea enseñada, justicia que consiste
en no tomar de nadie lo que es suyo. Esto es lo mismo que decir que
todo soberano debe poner los medios para que a los hombres se les
enseñe a no despojar a sus vecinos, mediante violencia o fraude, de
cualquier cosa que, por autoridad soberana, sea suya. De las cosas
que se tienen en propiedad, las que son más queridas para un hom–
bre son su propia vida y sus miembros; y en segundo grado, lo más
querido para la mayoría de los hombres es todo aquello que se re–
fiere a sus afectos conyugales; y después, las riquezas y los medios
de vida. Por tanto, al pueblo debe enseñársele a abstenerse de hacer
violencia a las personas de los demás con venganzas privadas; a abs–
tenerse de violar el honor conyugal y de ejercer la rapiña agresiva y
la sustracción de bienes ajenos mediante el robo fraudulento. Con
este propósito, es también necesario que al pueblo se le muestren las
malas consecuencias de los falsos juicios debidos a la corrupción de
jueces o testigos, por culpa de los cuales la distinción de la propiedad
desaparece, y ta justicia pierde su efecto. Todas estas cosas están re–
lacionadas con los mandamientos sexto, séptimo, octavo y noveno.
Por último, debe enseñársele al pueblo que, no sólo
Y hacer todo
los hechos injustos, sino también los propósitos e in-
sinceramente, de
tenciones de cometerlos son una injusticia que consis-
corazón.
te en la depravación de la voluntad, así como en la irregularidad del
acto. Y ésta es la intención del décimo mandamiento, y el compen–
dio de la segunda tabla, que se reduce a este solo mandamiento de
caridad mutua:
Amarás a tu prójimo como a ti mismo,
igual que el
comprendió de la primera tabla se reduce a este otro:
Amar a Dios,
al cual los judíos acababan de recibir entonces como a su rey.
En cuanto a los medios y conductos por los que
El uso de lai
el pueblo puede recibir esta instrucción, tenemos que
universidades.
investigar por qué medios tantas opiniones contrarias a la paz de la
humanidad y basadas en débiles y falsos principios, han llegado, sin
embargo, a arraigar tan profundamente en quienes, como he especi–
ficado en el capítulo precedente, tienen como norma de lo que es le–
gal y de lo que es ilegal, no la ley misma, sino lo que les dictan sus
propias conciencias; es decir, sus propios juicios privados. Y vienen
estos hombres a decir que pecan los que obedecen los mandatos del
Estado, a menos que primero los hayan juzgado legales; que su de–
recho a poseer riquezas es tal, que excluye el dominio que el Estado
tiene sobre ellas; que es legal para los subditos macar a quienes eUos
Uaman tiranos; que el poder soberano puede ser dividido; y otras co–
sas semejantes, las cuales le han sido inculcadas al pueblo por estos
medios: Quienes, por necesidad, o por codicia, dedican toda su aten–
ción a sus negocios y a su trabajo, y quienes, por otra parte, llevados
de la superficiahdad o de la pereza, se limitan a perseguir sus propios
placeres sensuales (y son estos dos tipos de hombres los que compo–
nen la mayor parte del género humano), ai estar apartados de ese há–
bito de profunda meditación que es necesario para el aprendizaje de
la verdad, no sólo en materia de justicia natural, sino también en co–
dos las demás ciencias, reciben sus nociones de lo que es su deber,
de lo que les dicen los predicadores desde el pulpito, y de lo que
oyen decir a esos vecinos y amigos suyos que, al tener la facultad de
discurrir pronta y plausiblemente, parecen ser más sabios y estar más
instruidos en materia de ley y de conciencia que ellos mismos. Y los
teólogos, y todos aquéllos que hacen alarde de su saber, derivan su
conocimiento de las universidades y de las escuelas de leyes, o de li–
bros que han sido pubhcados por individuos eminentes de esas es–
cuelas y universidades. Es, por tanto, evidente, que la instrucción del
pueblo depende enteramente de la correcta enseñanza de la juventud
en las universidades. Pero alguno podrá decir: ¿Es que las universi-