C A P I T U L O IX
DE LAS FINALIDADES DE LA SOCIEDAD POLÍTICA
Y DEL GOBIERNO
§ 123. Si el hombre es tan libre como hemos expli–
cado en el estado de Naturaleza, si es señor absoluto
de su propia persona y de sus bienes, igual al hombre
más alto y libre de toda sujeción, ¿por qué razón va
a renunciar a esa libertad, a ese poder supremo para
someterse al gobierno y a la autoridad de otro poder?
La respuesta evidente es que, a pesar de disponer de
tales derechos en el estado de Naturaleza, es muy inse–
guro en ese estado el disfrute de los mismos, encon–
trándose expuesto constantemente a ser atropellado por
otros hombres. Siendo todos tan reyes como él, cual–
quier hombre es su igual; como la mayor parte de los
hombres no observan estrictamente los mandatos de
la equidad y de la justicia, resulta muy inseguro y mal
salvaguardado el disfrute de los bienes que cada cual
posee
en ese estado. Esa es la razón de que los hombres
estén dispuestos a abandonar esa condición natural
suya que, por muy libre que sea, está plagada de sobre–
saltos y de continuos peligros. Tienen razones suficien–
tes para procurar salir de la misma y entrar volunta–
riamente en sociedad con otros hombres que se en–
cuentran ya unidos, o que tienen el propósito de unirse
para la mutua salvaguardia de sus vidas, libertades y
tierras, a todo lo cual incluyo dentro del nombre ge–
nérico de bienes j propiedades.
§ 124. Tenemos, pues, que la finalidad máxima y
principal que buscan los hombres al reunirse en Esta–
dos o comunidades, sometiéndose a un gobierno, es la
de salvaguardar sus bienes; esa salvaguardia es muy
incompleta en el estado de Naturaleza.
En primer lugar se necesita una ley establecida, acepta–
da, conocida y firme que sirva por común consenso de
norma de lo justo y de lo injusto, y de medida común
para que puedan resolverse por ella todas las disputas
que surjan entre los hombres. Aunque la ley natural
es clara e inteligible para todas las criaturas racionales,
los hombres, llevados de su propio interés, o ignorantes
por falta de estudio de la misma, se sienten inclinados
a no reconocerla como norma que los obliga cuando se
trata de aplicarla a los casos en que está en juego su
interés,
§ 125, En segundo lugar, hace falta en el estado de
Naturaleza un juez reconocido e imparcial, con autorb
dad para resolver todas las diferencias, de acuerdo con
la ley establecida. Como en ese estado es cada hombre
juez y ejecutor de la ley natural, y como todos ellos
son parciales cuando se trata de sí mismos, es muy
posible que la pasión y el rencor los lleven demasiado
lejos; que tomen con excesivo acaloramiento sus pro–
pios problemas y que se muestren negligentes y des–
preocupados con los problemas de los demás.
§ 126. En tercer lugar, se carece con frecuencia en
cl estado de Naturaleza de un poder suficiente que
respalde y sostenga la sentencia cuando esta es justa,
y que ia ejecute debidamente. Quienes se han hecho
culpables de una injusticia rara vez dejarán de mante–
nerla si disponen de fuerza para ello. Esa resistencia
convierte muchas veces en peligroso el castigo, resul–
tando con frecuencia muertos quienes tratan de apli–
carlo.
§ 127. Así es como el género humano se ve rápida–
mente llevado hacia la sociedad política a pesar de to–
dos los privilegios de que goza en el estado de Natura–
leza, porque mientras permanecen dentro de este su
situación es mala. Por esa razón, es raro encontrar hom–
bres que permanezcan durante algún tiempo en tal es-
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