acto tanto de sí mismo como de los demás, ya que estará hecho en
la persona y por el derecho de cada uno de ellos en particular. Ade–
más, si uno o varios de ellos alegan que ha habido un infringimiento
del pacto hecho por el soberano cuando éste fue instituido, y otros
u otro de sus subditos, o él mismo solamente, alega que no hubo se–
mejante infringimiento, no hay entonces juez que pueda decidir la
controversia; y, por tamo, la decisión tendrá que ser dejada nueva–
mente a las armas, y todos los hombres recobrarán el derecho de pro–
tegerse a sí mismos usando de su propia fuerza, contrariamente ai de–
signio que los había llevado a establecer la institución. Es, por canto,
un empeño vano querer conceder la soberanía según un tipo de pac–
to como el precedente. La opmión de que todo monarca recibe su po–
der mediante un pacto, es decir, bajo condición, procede de una falta
de entendimiento de esta simple verdad: que los pactos, como no son
otra cosa que meras palabras y exhalaciones de aliento, no tienen más
fuerza para obligar, contener o proteger a ningún hombre, que la que
les da la espada que empuña el poder público, es decir, ¡a fuerza que
)roviene de la Ubenad de acción de ese hombre o asamblea de hom–
ares en cuyas manos está la soberanía y cuyos actos tienen el apoyo
de todos los subditos, y son realizados sirviéndose de la fuerza de to–
dos y cada uno de ellos, unidos en la persona del soberano.. Y cuan–
do se hace soberana a una asamblea de hombres, tampoco imagina
nadie que un pacto así haya pasado a la institución. Pues no hay hom–
bre que sea tan estúpido como para decir, por ejemplo, que el Pue–
blo de Roma hizo con los subditos romanos, para ostentar la sobe–
ranía, un pacto bajo tales o cuales condiciones que, de no cumplirse,
daría a los subditos romanos el derecho de deponer al Pueblo Ro–
mano
Que los hombres no vean la razón de que suceda lo mismo
tanto en una monarquía como en un gobierno popular, procede de
la ambición de algunos que dan mayor aprobación a un gobierno por
asamblea, con la esperanza de participar en ella, que a un gobierno
monárquico, dado que no hay esperanza de que éste lo disfruten.
En tercer lugar, como la mayoría ha proclamado a
un soberano mediante voto con el que va unida su
aprobación, quien haya disentido deberá conformarse
con la voluntad del resto, es decir, deberá avenirse a
aceptar codas las acciones que realice e! soberano, si
no quiere ser destruido por la mayoría. Pues sí eneró
voiuncariamente en la congregación de quienes se reu–
nieron para establecer el pacto, tácicamente dio su con-
3.
Ningún
hombre puede, sin
incurrir en
injusticia,
protestar contra la
institución del
soberano
declarada por la
mayoría.
4. Las acciones
del soberano no
pueden ser, en
justicia, acusadas
por el subdito.
" Loí lénninos -Pueblo Romano-
y
«Pueblo de Romi-, miliíadoi aquí por Hob–
bes son, en esie contexto, iinómmos de Gobierno Romano cuyo nombre oficial, ex–
presado con las siglas SPQR, fue el de
Senacus Poputusque Romanus, es
decir.
Senado
y Pueblo Romano.
sentimiento para reconocer ia voluntad de la mayoría. Por tanto,
si rehusa cooperar con lo establecido, o protesta contra algo de lo
que la mayoría ha decretado, está accuando contrariamente a lo
acordado, injustamente. Y tanto si formó pane de la congregación
de votantes, como si no; ya se le consultase o no, deberá some–
terse a los decretos de los congregados. De lo contrario, será aban–
donado a su situación natural de guerra, como estaba antes, y po–
drá ser destruido por cualquier hombre sin que éste incurra en in–
justicia.
En cuano lugar, como en virtud de esta institu–
ción, cada subdito es autor de todas las acciones y jui–
cios dei soberano instituido, de ello se seguirá que
nada de lo que éste haga podrá constituir injuria para
ninguno de sus subditos. Tampoco deberá ser acusa–
do de injusticia por ninguno de ellos. Pues quien hace una cosa con
autorización de otro, no causa injuria a quien le dio autoridad para
actuar. Así, por vinud de esta institución de un Estado, cada indivi–
duo en panicular es autor de todo lo que ei soberano hace; y, por
tanto, quien se queja de haber sido injuriado por su soberano, está
quejándose de algo de lo que él mismo es autor y, en consecuencia,
no debería acusar a nadie más que a sí mismo; y no podría acusarse
a sí mismo de haber sido víctima de injuria, ya que autoinjuriarse es
imposible. Es cieno que quienes tienen poder soberano pueden co–
meter iniquidad, pero no injusticia o injuria, en el sentido más pro–
pio de estas palabras.
En quinto lugar, y como consecuencia de lo que
acaba de decirse, ningún hombre que tenga poder so–
berano puede con juscicia ser matado por sus subdi–
tos, o castigado por ellos en ningún modo. Pues visto
que cada subdito es el autor de las acciones de su so–
berano, estaría castigando a otro por causa de actos que ha realizado
él mismo.
Y como la finalidad de esta institución del Estado
es la paz y defensa de todos, quienquiera que tenga de–
recho a procurar ese fin, lo tendrá también de procu–
rar los medios. Pertenece al derecho de cualquier hom–
bre o asamblea que tenga ia soberanía el juzgar cuáles
han de ser ios medios de alcanzar ia paz y de procurar la defensa, así
como ei tomar las medidas necesarias para que esa paz y esa defensa
no sean perturbadas, y el hacer codo lo que crea pertinente para ga–
rantizar a paz y la seguridad, tanto en o referente a medidas pre–
ventivas que eviten la discordia entre los subditos y la hoscihdad que
pueda venir del exterior, como para recuperar esa paz y esa seguri–
dad cuando se hayan perdido. Y, por lo tanto,
5.
Nada de lo que
haga el soberano
puede ser
castigado por el
subdito.
6. El soberano es
juez de lo que es
necesariapara la
paz y defensa de
sus subditos.
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